martes, 17 de abril de 2018

DESCRIPCION DE CASOS DE NORMATIVIDAD APLICABLES AL USUARIO EN LA LEGISLACION INFORMATICA

DESCRIPCIÓN DE CASOS DE NORMATIVIDAD APLICABLES AL USUARIO EN LA LEGISLACIÓN INFORMÁTICA

ELEMENTO
CONCEPTO
PROPÓSITO
ARTÍCULOS O LEYES
SANCIONES APLICABLES








Normatividad
informática
Formas institucionales a través de las cuales el comportamiento es configurado socialmente. Estas son normas jurídicas que regulan la conducta y confieren o imponen encuentra la moral, que tiende a la perfección del individuo y al desarrollo de su consciencia
Verificar el cumplimiento del marco jurídico vigente que rige el uso de las tecnologías de la información de acuerdo a las normas, derechos y principios aplicables a los hechos y actos derivados de la informática para que con estricto apego al mismo, lleve a cabo todas y cada una de las acciones.


Derecho informático
Es un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos de la relación entre el Derecho y la Informática.
También se le considera como una rama del derecho especializada en el tema de la informática, sus usos, sus aplicaciones y sus implicaciones legales.
Proteger los sistemas de cómputos de aquellos programas o artículos de internet que sean ofensivos para la sociedad mexicana, dicha protección se aplica tanto para los Sistemas Operativos o aplicaciones.
Artículo 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 1ro, 2do, 3ro, 4to, 5to ,6to ,7mo, 8vo, 9no y 10mo.


Libertad de expresión

Se define como la libertad de expresar ideas, pensamientos o creencias a través de la palabra o algún otro medio.

Esta libertad supone que todos los seres humanos tienen derecho de expresarse sin ser hostigados debido a lo que opinan.

Artículo 6. (primer párrafo) de la Constitución mexicana:
La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el estado.

El primer párrafo del artículo 7. de la Constitución federal establece que “ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta”

La Declaración Universal de Derechos Humanos 108 establece en su artículo 19 lo siguiente: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.















Por el uso indebido de la libertad de expresión como es la difamación las penas van de los tres meses a los seis años de prisión, y de tres hasta mil días de salario mínimo como multa.

Derecho a la privacidad

Es el ámbito de la vida de un individuo que se desarrolla en un espacio personal y debe mantenerse reservado y confidencial.

Que cada persona sea dueña de su privacidad y pueda exigir a los demás que la respeten.

El articulo 16 nos indica que "nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento."

Artículo 285 del código penal federal
Se impondrán de un mes a dos años de prisión y multa de diez a cien pesos, al que, sin motivo justificado, sin orden de autoridad competente y fuera de los casos en que la Ley lo permita, se introduzca, furtivamente con engaño, violencia, o sin permiso de la persona autorizada para darlo, a un departamento, vivienda o dependencias de una casa habitada.

Artículo 576 del código penal federal

Este articulo castiga a la persona "que lleve a cabo recabe o facilite, cualquier acto de colaboración con las actividades o las finalidades de una banda armada, organización o grupo terrorista."
Derecho a la información
Es el derecho que tiene toda persona de buscar, recibir y difundir información en poder del gobierno.
Es un derecho instrumental que puede ser utilizado para garantizar el cumplimiento de otros derechos esenciales del ser humano
Articulo 8

 “Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que esta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa, pero en materia política solo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.

 A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.”


Cárcel a la persona que atente a la privacidad.
Firma electrónica
Es un conjunto de datos electrónicos que se agregan a un mensaje y permiten al receptor comprobar su fuente e integridad y de esta manera protegerse de la falsificación.
Evitar la falsificación y asegurarnos de que la información proviene de una fuente segura.
Para la recepción de promociones que formulen las particulares en los procedimientos administrativos a través de medios de comunicación electrónicos.
El delito de falsificación se castigará, tratándose de documentos públicos, con prisión de cuatro a ocho años y de doscientos a trescientos sesenta días multa. En el caso de documentos privados, con prisión de seis meses a cinco años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días multa. Si quien realiza la falsificación es un servidor público, la pena de que se trate, se aumentará hasta en una mitad más”, expone el Código Penal Federal.

Criptografía
Escribir mensajes en forma cifrada o en código. Es parte de un campo de estudios que trata las comunicaciones secretas, usadas, entre otras finalidades.
Autentificar la identidad de usuarios;
Autentificar y proteger el sigilo de comunicaciones personales y de transacciones comerciales y bancarias;
Proteger la integridad de transferencias electrónicas de fondos.
La legislación de la criptografía en México, actualmente no hay una legislación al respecto.
La violación de la correspondencia es un delito, en México no hay sanciones debido a la falta de legislación.


Bibliografía

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